INFORMACIÓN OFICIAL
El COE Tinogasta informa que en virtud del decreto del Poder Ejecutivo se adhiere restableciendo restricciones determinadas para contener el brote de COVID-19 registrado en las últimas dos semanas epidemiológicas.
Las medidas empezarán a regir desde las 00 horas del día 29 de diciembre de 2021.
En primer lugar, se dispuso retomar la restricción de circulación en todo el territorio provincial entre las 3.30 y las 6 horas, todos los días, exceptuando a quienes estén debidamente habilitados para trabajar en esa franja horaria.
En segundo lugar, se dispuso suspender a partir del 29 de diciembre de 2021 y hasta el día 9 de enero de 2022 inclusive, todas las actividades de gran exposición o eventos masivos. Se entiende por los mismos aquellos que superen las 300 personas al aire libre y en espacios cerrados públicos o privados, recitales, festivales, conciertos, boliches, bailes o eventos recreativos en lugares eventuales o extraordinarios (fincas, estancias, etc.)
En tercer lugar, el decreto dispone que a partir del 29 de diciembre y hasta al 9 de enero de 2022 determinadas actividades sociales contarán con la restricción de aforo pudiendo funcionar solamente hasta las 3 de la mañana. Esta medida corre para:
– Bares, restaurantes, locales gastronómicos y afines con o sin espectáculos con un aforo del 70% en espacios cerrados y un aforo del 100 % en espacios abiertos.
– Salones de eventos debidamente habilitados con un aforo del 50% en espacios cerrados y un aforo del 70% en espacios abiertos, y hasta un máximo de doscientas (200) personas.
En cuarto lugar, se ratifica la obligatoriedad del uso del barbijo en espacios cerrados y se recomienda su uso al aire libre, cumpliendo con todos los protocolos sanitarios.
COE Tinogasta.